Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors

Saturno y la edad de Brian

por | Jun 12, 2017 | Opinión

¿Están dadas las condiciones para garantizar un debate democrático sobre la formulación de un sistema penal juvenil? Una mirada sobre las aspiraciones punitivas y el debate sobre la baja de la edad de imputabilidad penal en el contexto local.

5865af3fe78f9_1420_

A partir del asesinato de un niño de 14 años en diciembre de 2016, una nueva oleada de clamor punitivo se alzó para pedir la cabeza de los menores de 18 años que cometen un delito. Hoy mismo, poco más de cinco meses después, el “caso Brian” brinda más de 14 millones de noticias en la web, con titulares como “Murió Brian, el chico de 14 años que fue baleado en al cabeza por motochorros”, “Cayó el asesino de Brian: tiene 15 años y sus padres lo habían ayudado a escapar”, “El desgarrador relato de uno de los médicos que atendió a Brian”. El asesinato en Lomas de Zamora de un niño de 3 años por un adolescente (imputable) de 16, reabre el debate, de la peor manera, mostrando un peligroso péndulo oficial entre la indignación y la inacción. El silencio ante el asesinato y el incendio de la casa del presunto asesino, la prescindencia de la policía ante el vandalismo de los “vecinos”, es sólo una consecuencia coherente de las políticas para la infancia de la gobernadora Vidal, cuya línea de fuerza está mucho más orientada a sacar los niños en la calle de la ciudad de Buenos Aires que a pensar la situación de los jóvenes y niños de la provincia, cuya presencia en los comedores escolares y populares aumentó en un año en más de un 30%.

Un conjunto de emociones (indignación, impotencia, deseos de venganza) se conjugan alrededor de un asesinato que se visualiza como gratuito y especialmente violento. Como todas las emociones en el espacio público, constituyen un hecho social y político, y bajo determinadas condiciones, pueden movilizar transformaciones sociales profundas y duraderas. Su vinculación con la configuración de algunas muertes infantiles como las víctimas por excelencia, permite, a quienes se entregan a ellas, enarbolar ciertas ideas sobre la justicia y el orden social con mayor perentoriedad y con un valor de verdad que parece indiscutible.

[blockquote author=»» pull=»normal»]Son evidentes y sistemáticos los componentes de clase, raciales e ideológicos están en la base de la construcción de los enemigos sociales, y son especialmente útiles para la construcción de consensos punitivos.[/blockquote]

Un conjunto similar, de emociones morales constituyó, por ejemplo, el escenario en el que se configuró el tratamiento diferencial de delito cometido por niños de aquél cometido por adultos. El pánico moral de inicios del siglo XX en nuestro país [1] se dirigía hacia los niños y jóvenes de sectores populares que se anticipaban como futuros delincuentes por sus condiciones miserables de vida y la falta de guía de sus padres. También entonces la reforma legal estuvo en el centro de la escena, pero se pensó en sentido opuesto: no tratar a los niños como adultos, porque de ese tratamiento indiferenciado sólo se obtendría un joven delincuente profesional.

Podemos detenernos en el argumento histórico y mostrar los diversos matices del tratamiento de aquellos jóvenes y niños que eran sospechados de cometer un delito o de “estar en riesgo” de cometerlo. Pero como muestra la prensa del presente, ciertas asociaciones automáticas siguen sirviendo a los efectos de la construcción del delincuente prototípico, aquel que va a encarnar el desorden social. El “asesino de Brian que tiene 15 años”, a la sazón un niño hijo de padres inmigrantes, irresponsables moralmente en tanto “lo habían ayudado a escapar”, es el opuesto simétrico de su homónimo muerto, hijo de una familia argentina, de trabajo, responsable. Un siglo atrás o un mes atrás, son evidentes y sistemáticos los componentes de clase, raciales e ideológicos están en la base de la construcción de los enemigos sociales, y son especialmente útiles para la construcción de consensos punitivos, en parte por su propia capacidad de conducir y catalizar o producir emociones colectivas.

Por supuesto, este consenso punitivo no es una fuerza que avasalla tierra yerma. El poder ejecutivo no es “forzado” a adoptar la voluntad popular. Podemos ver, en otros conflictos, cuán sordo es el gobierno a las manifestaciones colectivas. Si opta por el populismo criminológico (esto es, por brindar la respuesta más “sencilla” al clamor punitivo yendo por los jóvenes de sectores populares que componen la población de preferencia para el accionar represor de la policía) no es porque no existan otras opciones o no puedan esbozarlas. Sus posiciones en materia penal juvenil deben ser leídas bajo la misma clave que su posición activa en la criminalización de la protesta social (esto es, el tratamiento de la protesta como delito) y en la deslegitimación y sospecha de tales demandas colectivamente organizadas, los reclamos gremiales docentes, por poner un ejemplo.

foto-3

Por su parte, tanto el gobierno de la provincia de Buenos Aires, como los gobiernos locales del área metropolitana han mostrado, con muy pocas excepciones, una notable ausencia de ideas en materia de seguridad ciudadana. Su respuesta es un claro visto bueno al hostigamiento policial a jóvenes de sectores populares y jóvenes militantes secundarios, como los reiterados ingresos amenazantes de la policía a escuelas y colegios, junto con las detenciones ilegales en las calles, están mostrando. Sabemos que esa vía sólo aumenta la criminalización de los jóvenes, y los hace presa fácil de la corrupción y violencia policiales. ¿O nada hubo para aprender del caso de Luciano Arruga?

Ello no quiere decir ni que haya que producir el movimiento simétrico y opuesto, victimizar a los jóvenes que cometen delitos, reclamando su inocencia y su incapacidad de elección. No es necesario que se trate de “inocentes víctimas” para que defendamos un tratamiento democrático del delito juvenil. Tampoco es necesario minimizar la cuantía de los delitos callejeros, que componen la base de la “sensación de inseguridad”, para pedir responsabilidad y competencia técnica en el desarrollo de una política de seguridad ciudadana, en la que los derechos constituyan el eje, y que no se desvíe en la opinión pública la ausencia de una propuesta de tratamiento del delito detrás de una iniciativa legislativa cuya relación con las políticas de seguridad es nula. Tampoco es necesario ni deseable desechar como clasista una demanda de mayor seguridad, en tanto la seguridad, en definitiva, supone la necesidad de proteger derechos. Voy a tratar de desplegar tres argumentos para complejizar este problema, y proponer caminos de comprensión.

El primero, se vincula con el carácter político de la discusión sobre la edad de imputación penal, parafraseando un concepto de Carla Villalta. El segundo, con el carácter político de la colocación de los niños y jóvenes como representantes de los principales males sociales, y finalmente, con el contexto concreto de los debates y las instituciones que lidian con esto.

[blockquote author=»» pull=»normal»]Cuando se señala que es necesario reducir el tiempo de «plus» de derechos y protecciones, en el fondo entonces se está señalando que la dignidad de determinadas personas puede ser suspendida; se está diciendo que, como sociedad, no nos haremos cargo de la inclusión de las nuevas generaciones. [/blockquote]

La relación entre infancia y democracia ha sido uno de los ejes centrales para debatir el alcance de los derechos humanos desde la década de 1970. Se centra en el tratamiento como sujetos de derechos de personas hasta entonces consideradas objetos de protección, incluso contra su voluntad, y la vinculación que tiene esta ampliación en el respeto por la dignidad de las personas. En tal sentido, los debates en torno a las definiciones de derechos de niños y niñas establecieron claramente lo que las sociedades se deben hacia las nuevas generaciones, en términos de protección. Garantizar derechos a niños y niñas, considerando que en tanto niños/as, deben tener un «plus» de protección, es el acuerdo internacional. Hasta qué momento de la vida se extiende ese “plus de protección” forma parte de los acuerdos políticos y sociales, al igual que la definición de qué comportamientos van a ser definidos como delitos, y a cuáles de ellos se va a perseguir, y con qué fines. La normativa de derechos humanos indica que los fines de un sistema penal juvenil no se pueden derivar del castigo, en tanto los niños y niñas están aún siendo formados, y plantea la necesidad de la progresión en la protección y definición de derechos, esto es, una vez definido un derecho, sólo se debe “ir por más”. Por lo mismo, la sanción penal hacia niños y niñas tiene que tener una función educativa, y no puede retrotraerse la esfera de derechos protegidos, no pueden perderse derechos.

Cuando se señala que es necesario reducir el tiempo de «plus» de derechos y protecciones, en el fondo entonces se está señalando que la dignidad de determinadas personas puede ser suspendida; se está diciendo que, como sociedad, no nos haremos cargo de la inclusión de las nuevas generaciones. Se está renunciando a educar, se está optando por castigar, se contribuye a naturalizar y legitimar la desigualdad. Y ello no porque el delito sea cometido por los pobres, sino porque las instituciones en las que depositamos la función de lidiar con el conflicto penal (el poder judicial, la policía, la cárcel) son clasistas y racistas. Funcionan selectivamente, concentran su clientela entre aquellos más desprotegidos. Legitimar o no este funcionamiento como parte del proyecto de sociedad también está en disputa cuando se discute sobre la edad a partir de la cual se considerará que un niño puede ser objeto de reproche y de castigo.

100_6231

La colocación de los niños y jóvenes en el centro de la escena, como representantes de los peores males sociales, y la colocación de la baja en la edad de imputación penal como la solución, puede también leerse en clave política, a la luz de las demandas de orden social y reconducción de la vida cotidiana al orden de lo privado (saquemos la política de la mesa familiar, pedían los sostenedores de la dictadura, déjennos vivir en paz, circular en paz, poseer en paz) que constituyen ejes de las disputas en el espacio público. La emergencia de estos diversos tipos de demandas, legítimas muchas de ellas, en un contexto de aumento de las desigualdades sociales, de incertidumbre social y económica, de incapacidad de garantizar a las generaciones venideras siquiera un ambiente no degradado, de decepción con proyectos políticos integradores, configura una especie de retaliación sobre los nuevos, una extensión ilimitada de aquella amenaza al orden social que constituían los jóvenes en décadas anteriores. Pero también es una maniobra del populismo criminológico que lucra con un tema que convoca a una emocionalidad visceral, angustiada, que disemina la inseguridad propia del capitalismo en aquellos “visibles” que construimos como otros amenazantes. Deseos de venganza, castigo y de producir dolor a un otro que se visualiza como carente de los mismos derechos, y sobre todo, demandas de venganza como forma de cuestionar a las instituciones democráticas que se visualizan como blandas, incapaces de proteger al “buen ciudadano”.

Estos debates, claro está, no pueden nunca darse en abstracto. Existe desde hace años un consenso relativo a la necesidad de modificar el Sistema Penal Juvenil, anacrónico y, de hecho, inconstitucional. La apresurada convocatoria del gobierno en enero a unas mesas de diálogo en esa dirección, desnudó la idea de “diálogo democrático” que sustenta la alianza gobernante, cuando sus representantes señalaron su decisión de presentar un proyecto de reforma del sistema a pesar de que abrumadoramente juristas, académicos/as, activistas se pronunciaron en contra. ¿Están dadas las condiciones, en el presente contexto, para garantizar un debate democrático y un resultado igualmente democrático en la formulación de la nueva ley?

Si el objetivo es aumentar el encarcelamiento de niños y niñas, y hacerlo desde más temprana edad, ¿de qué maneras la alianza gobernante garantizará cumplir con sus obligaciones en materia de la protección de sus derechos? Esto es, ¿cómo garantizará el acceso a la educación de niños y avatar_v01niñas encerrados, cuando en enero de este año desmontó el programa de Educación en Contextos de Encierro, dejándolo a la voluntad y posibilidades de las provincias? ¿De qué maneras se garantizará el acceso a la salud, cuando por ejemplo en la Provincia de Buenos Aires, que concentra la mayor cantidad de casos de niños privados de libertad del país, la ejecución del presupuesto sanitario durante 2016 ha sido una de las más bajas de la historia, llegando a niveles alarmantes? ¿O de lo que se trata es de arrojar a los niños a un sistema de opresión y embrutecimiento que justifique y retroalimente a los discursos de mano dura?

Es un difícil contexto para dar estos debates. Mucho tiempo se ha dilapidado, y quienes medran con reconducir todos los males sociales en los menos capaces de defenderse, tienen una voz poderosa. Habrá que producir el espacio social para pensar colectivamente si realmente queremos convertirnos en una sociedad que, cual Saturno, devore a sus hijos, enceguecida de temor.

 

[1] Aunque vale señalar, este tipo de temores y respuestas similares, se dio en muy diversos países, como Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña, Suecia, y en el ámbito latinoamericano a partir de la labor expansiva de los Congresos Panamericanos de Pediatría.

Valeria Llobet

Valeria Llobet

Doctora en Psicología (UBA). Investigadora Independiente del CONICET, docente en la UNSAM y co-directora del Centro de Estudios Desigualdades, Sujetos e Instituciones de la Escuela de Humanidades (UNSAM).